CIPCA Notas

La interculturalidad en Bolivia

Autor: Isabel Mamani Subirana, socióloga del CIPCA Santa Cruz
Fecha: 25/08/2020

El discurso de la mandataria del Estado Plurinacional por los 195 años de aniversario de Bolivia ha originado una serie de críticas por parte de analistas políticos y sociales en cuanto a la posición asumida por la mandataria interina del Estado Plurinacional, manifestando su “orgullo de ser republicana”. Muchos analistas coinciden con el politólogo Jorge Ritcher, quien manifiesta en una publicación en el periódico La Razón, que la presidente desconoce “la construcción histórica de lo que ha sido el armado de un pacto social inclusivo que se constituye en el 2009 con una Constitución Política que reconoce finalmente la pluralidad y la diversidad de Bolivia”.

Este hecho, lleva a retomar nuevamente el análisis sobre el Estado Plurinacional sobre todo en el tema de la interculturalidad en Bolivia a partir de la dimensión del encuentro. Es decir, la convivencia con el otro y los aspectos positivos y negativos que implica esta relación reflejada, en los hechos suscitados en noviembre de 2019 con la quema de la whipala y el afloramiento de voces promotoras del retorno al Estado Republicano. 

Lograr una sociedad intercultural es una necesidad álgida y permanente en el país. Con la Constitución Política del Estado de 2009 se reconoce la condición plurinacional de Bolivia, incluyéndose en diversos acápites la necesidad de implementar las relaciones interculturales en el territorio nacional debido a dicha condición. Asimismo, en los últimos años se plantea también que los campesinos e indígenas, así como el resto de la sociedad, asuman el reto de la inclusión, la equidad, la democracia y la interculturalidad en sus organizaciones e instituciones

Con respecto a la Interculturalidad se la puede definir a partir del concepto siguiente:

 “Es la relación entre dos culturas distintas. Pero precisando mejor las situaciones a las que en realidad más nos referimos cuando hablamos de interculturalidad, parece que el sujeto primario de estas relaciones no son tanto las “culturas” (que son una generalización conceptual abstracta) sino las personas o grupos de personas que viven y se han desarrollado en culturas distintas. Desde esta perspectiva la interculturalidad es también, por tanto, en gran medida un intercambio entre gente con identidades distintas. Sólo en un segundo momento de reflexión analítica, esta relación se podrá referir también a elementos culturales o a las culturas mismas” (Albó, 2012 p. 12).

De igual manera en CIPCA, la interculturalidad ha estado presente en los diversos planes estratégicos implementados desde el año 2000, buscando siempre el diálogo y la interrelación constructiva entre los distintos pueblos indígenas originarios campesinos y de ellos, con otros sectores que conforman el país. En ese marco, la misión institucional apunta a “Contribuir al fortalecimiento organizativo, político, económico y cultural de pueblos indígena originario campesinos y, desde esta opción, participar en la construcción de una Bolivia democrática, autonómica, unitaria en su diversidad, intercultural, equitativa y sostenible económica y ambientalmente.” 

En las últimas décadas el concepto de interculturalidad ha promovido la consolidación de políticas públicas en el marco del reconocimiento de los derechos y demandas por los Pueblos Indigenas originarios Campesinos de Bolivia y descritas a continuación:

  • En el año 1991, el Estado ratifico el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), a favor de los pueblos indigenas.
  • En 1994, la Constitución Política del Estado reconoció al país como Multiétnico y Pluricultural y fortaleciendo el nivel municipal con la Ley de Participación Popular e inicio un proceso de reforma educativa “Educación Intercultural Bilingüe”.
  • En 1996, la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria (INRA), define en su Artículo 3 la igualdad de derechos entre hombres y mujeres en la distribución, administración, uso y aprovechamiento y tenencia de la tierra sin importar su estado civil.
  • En 1997, la Ley de Reforma y Compensación al Régimen electoral, conocida como la Ley de Cuotas, establece que al menos el 30% de las listas de diputados plurinominales debe estar compuesto por mujeres. Introduce además el criterio de alternabilidad.
  • 2004 es el año de la promulgación de la Ley de Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas, donde se aceptó la participación de los pueblos indígenas en las elecciones municipales, prefectorales y generales.
  • El 2009 se conforma el Pacto de Unidad con el fin de trabajar el nuevo texto de la CPE.
  • El año 2009, se promulga la Nueva Constitución Política del Estado Plurinacional (CPE), donde el Articulo 1 menciona que “Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país”. Más adelante, en al Artículo 98 menciona que la “La diversidad cultural constituye la base esencial del Estado Plurinacional Comunitario.
  • El 2010, Ley Marco de Autonomía y Descentralización “Andrés Ibáñez” incorpora las autonomías indígenas originarios campesinas.

En ese entendido y desde el punto de vista legal no se puede desconocer la lucha histórica en la construcción del Estado Plurinacional. Sin embargo, salta la pregunta ¿cuánto hemos avanzado?

Pese a los avances legales no se puede negar que la construcción del Estado Plurinacional de Bolivia aún continúa en proceso. Con la agravante de un sistema institucional complejo desarrollado a partir de instituciones y organizaciones hibridas (Estado Nación/ Estado Plurinacional). Solo para mencionar algunos ejemplos:

  • Las autonomías indígenas ya reconocidas en Bolivia se implementan bajo modelo municipal que dificultad la implementación en relación a los usos y costumbres de los pueblos indígenas.
  • Existe una visión predominantemente campesinista que se impone sobre las visiones y cosmovisiones de los pueblos indígenas generado relaciones de interculturalidad negativa.
  • Políticas públicas de los gobiernos nacionales fuertemente inclinadas a favorecer a la agroindustria que vulnera los territorios y modos de vida indígenas.

Entonces se observa claramente que, pese a la definición de un Estado Plurinacional en la Constitución y las leyes, el Estado Nación aun continua latente y ambos se encuentra en pugna.

En conclusión, considerando la diversidad de culturas en Bolivia y sus propias características que las hacen únicas, el Estado Plurinacional se ha posicionado como el nuevo modelo integrador y no debería haber vuelta atrás. Sin embargo, se requiere retomar el diálogo intercultural, pero esta vez considerando que aún persisten relaciones no horizontales y estando muy lejos la armonización de los mutuos intereses. Situaciones que se tiene que subsanar, caso contrario no permitirán avanzar adecuadamente en la construcción de una Bolivia democrática, intercultural, equitativa y sostenible económica y ambientalmente.

Bibliografía

ALBO, Xavier, GALINDO, Fernando. (2012). Interculturalidad en el Desarrollo Rural Sostenible. El Caso Bolivia. La Paz – Bolivia.

HINOJOSA, Marisel, TORRES S. Iracema, MARCA, Juan P., TUERO, Roger E. (2016). Interculturalidad, Vivir Bien y Democracia en los Pueblos Indigenas de Tierras Bajas. La Paz – Bolivia.

SOLIZ, Lorenzo, MARCA, Judith, NAVIA, Nicomedes. (2007). Relaciones Interculturales Sociopolíticas y Productivas en Municipios de Santa Cruz y Cochabamba. La Paz – Bolivia.

https://www.la-razon.com/nacional/2020/08/06/richter-la-declaracion-de-anez-profundiza-las-diferencias/.

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