CIPCA Notas

Histórico: primer gobierno indígena constituido en el país

Autor: Fredy Villagomez Guzmán (*)
Fecha: 11/10/2016

Los pueblos indígenas guaraníes y los centros urbanos de Charagua eligieron a sus autoridades al primer gobierno indígena que se constituye en el país, el gobierno autónomo guaraní Charagua Iyambae. Este proceso duró varios meses desde la aprobación del estatuto autonómico el 2015, los titulares de la autonomía indígena establecieron acuerdos y alianzas, elaboraron y consensuaron reglamentos de elección de sus autoridades, las mismas fueron elegidas en aproximadamente tres semanas en los distintos niveles de las organización indígena, desde las asambleas comunales hasta la asamblea interzonal. Es un hecho, sin duda,  de mucha relevancia histórica para los pueblos indígenas de Bolivia en este largo y tortuoso camino de reivindicación, y de ejercicio de los derechos de autogobierno y libre determinación reconocidos en la Constitución Política del Estado.

El estatuto autonómico aprobado el 20 de septiembre de 2015 establece la conformación de tres órganos de gobierno: Ñemboati Guasu (Órgano de Decisión Colectiva), Simbika Iyapoa Reta (Órgano Legislativo) y el Tëtarembiokuai Reta (Órgano Ejecutivo).

Las y los representantes al Órgano de Decisión Colectiva y los Ejecutivos Zonales fueron elegidos en asambleas zonales y, solamente los tres representantes de los parques y áreas protegidas al Órgano de Decisión colectiva y además del Coordinador (ejecutivo) de la autonomía fueron elegidos en la Asamblea Interzonal. El Coordinador de la Autonomía fue elegido por única vez, a futuro este cargo será designado por rotación por las seis zonas, que se definirá en una Ley electoral autonómica.

La elección de las autoridades al gobierno indígena se realizó desde el nivel de la comunidad hasta la interzonal, desde abajo hacia arriba, en los niveles intermedios se combinaron los usos y costumbres con el “voto secreto” en ánforas improvisadas al frente de la asamblea. Las comunidades del primer nivel de decisión colectiva eligieron representantes por aclamación con derecho a voz y voto a las asambleas zonales y algunas comunidades, no todas, también nominaron candidatos para uno u otro órgano de gobierno, en otros casos varias comunidades acordaron llevar un solo candidato.

Las asambleas zonales –segundo nivel de decisión colectiva– se instalaron con representantes de las comunidades y éstas primero eligieron una mesa presídium para que dirija el proceso de elección. El presídium revisó y evaluó los requisitos presentados por los candidatos y fueron inhabilitados los que cumplían con ello, en coordinación con la asamblea magna. En otros casos, los candidatos, a pesar de contar con los requisitos establecidos en los reglamentos, fueron inhabilitados por la Asamblea por tener cuentas pendientes o hacer mala gestión en el municipio. En este nivel se aplicaron distintas modalidades de elección, algunas por aclamación combinada con “voto secreto” (en pedazos de papel sellados por la organización) en ánforas improvisadas (cesto de canasta) ubicada delante de la asamblea y en otros casos se eligieron solamente por aclamación.

En la Asamblea Interzonal –tercer nivel de decisión colectiva– instalada con representantes de las seis zonas de acuerdo a la cantidad de habitantes, se procedió a elegir por aclamación al Coordinador principal de la autonomía y a los representantes de los parques y áreas de reserva al Órgano de Decisión Colectiva. La aplicación de usos y costumbres con matices diferentes en distintos niveles de decisión organizativa nos remite a hablar de democracias comunitarias en plural y la combinación de las primeras con el “voto secreto” en asamblea tendría relación con lo que hoy se llama democracia intercultural.

 En los centros urbanos de Charagua las autoridades para los órganos de gobierno indígena se eligieron por voto universal secreto, para ello organizaron sus comités electorales, inscribieron a sus votantes en libros de actas e imprimieron sus propias papeletas de votación. Los candidatos se presentaron por frentes o planchas; en Charagua Estación en vez de ánforas se improvisaron cajas de manzana, sin presencia de partidos políticos ni campañas publicitarias. Los representantes del Tribunal Electoral solo supervisaron el proceso, no tuvieron ninguna intervención en la organización.

Los indígenas guaraníes y no indígenas urbanos al momento de elegir sus autoridades aplicaron distintas formas de elección, unos priorizaron las normas y procedimientos propios, otros el voto universal y secreto y algunos combinaron ambas modalidades otorgándole matices propios. Sin embargo, cabe preguntarse si ¿estamos asistiendo a la construcción de una democracia plural cuando se eligen autoridades al gobierno indígena, de manera separada, a través de las democracias comunitarias (indígenas) y la democracia representativa liberal (no indígenas)?, ¿Se hace democracia intercultural cuando se combinan normas y procedimientos con el “voto secreto” en asambleas zonales guaraníes? Esta experiencia iniciada en la autonomía indígena de Charagua nos proporciona elementos empíricos importantes para definir y dar sentido al pluralismo político planteado en la Constitución Política del Estado y a la democracia intercultural que sigue siendo un proyecto sin claridad ni contenido.

El proceso de implementación de la autonomía indígena y la constitución del gobierno indígena en Charagua es una experiencia que deja muchos aprendizajes y enseñanzas para los pueblos indígenas del resto del país, en particular, para los que transitan el mismo camino trazado por Charagua. También para los distintos órganos del Estado (Gobiernos Municipales, Misterio de Autonomías y Tribunal Supremos electoral) que apoyan técnicamente a la implementación de las autonomías indígenas, como también para las instituciones privadas que acompañan a los pueblos indígenas al ejercicio de sus derechos. Sin embargo este proceso  político no estuvo exento de conflictos, tensiones y de cálculos políticos de los distintos actores, puesto que se juegan intereses personales y de grupos no solamente al interior de las zonas o capitanías guaraníes, sino también en los centros urbanos.

Finalmente, la elección de las autoridades a los órganos de gobierno indígena guaraní Charagua Iyambae según el estatuto autonómico aprobado el 2015, no es la concreción de los derechos de autogobierno y libre determinación, sino son avances hacia el ejercicio de los mismos, para un ejercicio real de estos derechos, los gobiernos indígenas tienen que negociar márgenes de autonomía con el Estado central que les permita desarrollar sus capacidades de desarrollo propio en temas económico/productivos, sociales/organizativos, culturales/identitarios y medioambientales para que mejoren sus condiciones de vida. Si solamente avanzamos a la constitución de gobiernos indígenas por normas y procedimientos propios estaremos, como ya se dijo, ante municipios con poncho o tipoy. El desafío mayor es la construcción de una sociedad intercultural y una gestión pública intercultural en una sociedad tan diversa culturalmente como la charagueña con presencia de indígenas guaraníes, mestizos o karai del pueblo, migrantes collas y, además, de menonitas que ya son una cuarta parte de la población.

 

(*) Fredy Villagomez es sociólogo del CIPCA.


Artículo publicado el domingo 02 de octubre de 2016 en el suplemento Animal Político de La Razón.

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